Se permite la exhibición y el resguardo en formato digital de REMITOS
A partir de la Resolución Resolución General ARCA 5678/2025 no será más necesario la impresión del remito, se establece que los remitos que respalden el traslado y entrega de productos primarios o manufacturados podrán emitirse en formato digital. Para ello, se deberán habilitar los medios que permitan a los destinatarios de los bienes conformar su recepción.
Igualmente, la norma aclara que la utilización de remitos digitales no quita la obligación de solicitar el Código de Autorización de Impresión (CAI).
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