ARCA deroga la Factura “M” y la reemplazó por dos modalidades de Factura “A”: con retención obligatoria y con pago en CBU informada
Factura “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”: el adquirente deberá actuar como agente de retención, aplicando un 100% de retención de IVA y un 6% de retención de Ganancias sobre la base imponible.
Factura “A” con leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA”: permite a quienes no acrediten solvencia patrimonial emitir comprobantes siempre que los cobros se realicen mediante transferencia o depósito bancario en la cuenta registrada por el contribuyente.
Este nuevo sistema rige a partir de diciembre 2025.
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