📌A partir de la Resolución Resolución General ARCA 5678/2025 no será más necesario la impresión del remito, se establece que los remitos que respalden el traslado y entrega de productos primarios o manufacturados podrán emitirse en formato digital. Para ello, se deberán habilitar los medios que permitan a los destinatarios de los bienes conformar su recepción.
⚠️ Igualmente, la norma aclara que la utilización de remitos digitales no quita la obligación de solicitar el Código de Autorización de Impresión (CAI).