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Impuesto a los Bienes Personales

✅ Tienen la obligación de presentar aquellas personas que se encuentren inscriptos en el impuesto o en los casos de no estar inscriptos, deban liquidarlo por verificarse alguna de las condiciones de gravabilidad.
❗A partir del Artículo 24 de la Ley 23.966 el mínimo no imponible aplicable al período fiscal 2024 se elevó a $292.994.964,89. Por lo tanto, los sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la declaración jurada determinativa correspondiente al período fiscal 2025, podrán tramitar la baja hasta el 31/12/2025.

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