A través de la Resolución General 5535/2024, AFIP estableció que aquellos contribuyentes y responsables caracterizados como “cumplidores”, tendrán una serie de beneficios para el pago del impuesto correspondiente a los períodos fiscales 2023, 2024 y 2025.
Que se necesita para calificar como contribuyente cumplidor?
➱Para antes del 31/12/2023 las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales de los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022 debían estar presentadas y abonadas.
➱Además, no haber regularizado bienes mediante el Régimen de Regularización de Activos previsto en el Título II de la Ley N° 27.743.
➱El beneficio aplica tanto para persona humana o sucesión indivisa, como así también para los responsables sustitutos con categoría pyme.
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